SUCESIONES

Contamos con amplia experiencia en Derecho Sucesorio, caracterizándonos por la idoneidad para representar a los herederos o acreedores de la sucesión ante la apertura de un juicio sucesorio.

Trabajamos en base a honorarios pactados con el cliente y con facilidades de pago ya que son distribuidos según las diferentes etapas en que se encuentre el proceso.

Nuestro Estudio se encarga de las siguientes gestiones ante un trámite sucesorio:

•Apertura de Sucesiones Testamentarias o Ab Intestato (Sin Testamento)
•Declaratoria de Herederos
•Acciones de Colación
•Herencias, Legados.
•Inscripción de Declaratoria de Herederos.
•Particiones.

Preguntas Frecuentes

Existen dos clases de sucesiones:
La sucesión ab intestato (sin testamento) -es la más habitual- y la sucesión testamentaria (con testamento).

Documentación Necesaria para la Presentación

Conjuntamente con la demanda debe presentarse la siguiente documentación:
-Partida de Defunción del Causante (persona por la que se inicia la sucesión)
-Partida de Matrimonio si el causante era casado/a.
-Partida de Defunción si el causante era viudo/a.
-Partida de Nacimiento del heredero/s a fin de acreditar el vínculo con el causante -En caso de que uno de los hijos del causante hubiere fallecido, sus herederos deberán presentar la partida de defunción y su Partida de nacimiento a fin de acreditar el vínculo.
-Títulos de Propiedad de los bienes que integran el acervo sucesorio
-Fotocopia del DNI del heredero/s
-Testamento (en caso de Sucesión Testamentaria)

Gastos de Inicio

Estos gastos son los que deberá afrontar para lograr el dictado de la declaratoria de herederos. Son muy bajos y comprenden los gastos de publicación de Edictos, timbrado de partidas, etc.

Juez Competente

La jurisdicción donde debe iniciarse el proceso se fija en función del último domicilio del fallecido (no confundir con el lugar de fallecimiento, que resulta irrelevante).

En la Provincia de Buenos Aires (siempre que el causante hubiera tenido allí su ultimo domicilio), se puede solicitar prórroga de jurisdicción a cualquier localidad de la Provincia.

Testamento

El testamento es un acto jurídico de última voluntad por el cual una persona dispone el destino de todos sus bienes o alguno de ellos, para luego de su muerte.

Clases de Testamento

Testamento Ológrafo: Se hace de puño y letra, incluye la firma y fecha. Para probar su existencia se deberá contar con testigos a fin de que reconozcan la firma y letra.
Testamento Por Acto Público: Es aquel efectuado ante un Escribano Público con la presencia de dos testigos.
Testamento Cerrado: Es aquel que se presenta en sobre cerrado ante un Escribano, dejando constancia en un acta. Debe contar con la presencia de cinco testigos.

Herederos

Hay tres tipos de herederos:

Los herederos forzosos: Son los hijos, cónyuge y padres de la persona que fallece. La ley no permite que sean privados de la herencia mediante un testamento que afecte su legítima. Solo pueden ser desheredados por causas gravísimas.
Los herederos no forzosos que heredan si no hay herederos forzosos ni testamento. Son los demás parientes hasta el cuarto grado, como los hermanos, sobrinos, tíos y primos. Los herederos testamentarios son aquellos a quienes el causante legó sus bienes mediante un testamento.

Porción Legítima

En el Derecho Civil se denomina porción legítima a aquella parte de los bienes de los cuales el testador no puede disponer, por encontrarse reservados por disposición legal a determinados herederos.

Bienes Gananciales

Son aquellos bienes que forman parte de la sociedad conyugal, por haber sido adquiridos mientras el causante estaba casado. El cónyuge supérstite recibirá la mitad de los bienes como parte de la sociedad conyugal y no como heredero.
En caso de que no hubiere descendientes ni ascendientes recibirá la totalidad de los bienes.

Tasa de Justicia

Una vez dictada la declaratoria de herederos y a fin de proceder a la inscripción de los bienes, deberá pagarse la Tasa de Justicia.
Esta equivale al 1,5 % de la valuación fiscal en Capital Federal y 2,2 % de la valuación fiscal en Provincia de Buenos Aires.